Cómo se calcula
Desde el 1 de julio de 2021, un único umbral de 10.000 € para toda la UE decide qué IVA nacional se aplica cuando una empresa de la UE vende a consumidores de otros Estados miembros. Abarca las ventas a distancia intracomunitarias de bienes y los servicios de telecomunicaciones, radiodifusión y electrónicos, sumados en todos los países de la UE. Por debajo puedes cobrar el IVA de tu propio país; por encima, se aplica el IVA del país del cliente, que puedes declarar a través de la ventanilla única (OSS).European Commission
La regla
- Suma las ventas transfronterizas a consumidores de la UE, sin IVA, del año natural anterior y de este año hasta ahora.
- Si cualquiera de las dos supera los 10.000 €, cobra el IVA del país del cliente, empezando por la venta con la que se supera el umbral.
- Si estás establecido en más de un Estado miembro, el umbral no se aplica en absoluto.
- La calculadora también proyecta el total de este año a partir de tus ventas previstas, como aviso antes de que lo superes.
Ejemplo calculado
Para un vendedor con 4.000 € de ventas transfronterizas a consumidores el año pasado y 6.000 € en lo que va de año, el resultado es «Por debajo del umbral», con 4000 € de margen restante. Si espera otros 3.000 €, el año seguiría por debajo del umbral; con 5.000 € más, no.
| Concepto | Ventas |
|---|---|
| Año natural anterior | 4000 € |
| Este año hasta ahora | 6000 € |
| Este año, previsión | 9000 € |
Supuestos y limitaciones
- Vendedores establecidos en la UE. Las empresas de fuera de la UE usan el régimen exterior de la Unión o la IOSS y no tienen umbral.
- Solo consumidores. Las ventas B2B con un número de IVA válido suelen estar exentas y no cuentan.
- Bienes enviados desde tu país. Los bienes almacenados en otros países de la UE (por ejemplo, en almacenes de marketplaces) son ventas locales allí y requieren un registro a efectos de IVA en ese país.